COSTOS DE MANO DE OBRA PRIVADA Y PÚBLICA DERIVADA DEL ART 18 ROTIC

Es común que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pretenda aplicar la estimación de pago de diferencias derivada del artículo 18del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Industria de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado (ROTIC) ante cualquier supuesto de obra.     

Artículo 18 del ROTIC primer párrafo que establece  Requerimiento de información del Seguro Social “Cuando los patrones no cumplan con las obligaciones a su cargo previstas en la Ley y en sus reglamentos, serán notificados por el Instituto, para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que surta efectos la notificación respectiva, le proporcionen los elementos necesarios para determinar el número de trabajadores, sus nombres, días trabajados y salarios devengados que permitan precisar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones incumplidas”

Algunas consideraciones importantes para evitar  la estimativa del art 18 RITIC

  • Contrato de obra

  • Presupuesto de obra: Un presupuesto de obra es aquel que por medio de mediciones y valoraciones nos da un costo de la obra a construir, la valoración económica de la obra, acerca a la realidad, aunque el costo final puede variar del presupuesto de obra inicial.

  • Bitácora de obra: En construcción, la bitácora de obra es una libreta que forma parte del contrato. Se utiliza para anotar en ella cualquier situación que se presente durante el desarrollo de los trabajos de construcción que sea diferente a lo establecido en los anexos técnicos de contratación.

  • Integración de salario (ART. 27 LSS): El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.

  • Alta de obra en el SIROC

 

A continuación anexamos las tablas de costo por mano de obra Privada y Pública:

ACUERDO ACDO.AS2.HCT.270121/4.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico, mediante el cual se aprobó el Aviso mediante el cual se dan a conocer los costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra privada, así como los factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, vigente a partir del 1 de febrero de 2021.

Primero.- Costos de mano de obra por metro cuadrado para obra privada vigentes a partir del 1 de febrero de 2021:

Segundo.- Factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, vigentes a partir del 1 febrero de 2021:

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