Régimen de incorporación fiscal (RIF)
¿Qué es RIF?
Es un régimen que te permite gozar de los beneficios de ser formal, emitir facturas e informar bimestralmente tus ventas y gastos.
¿Para quién es?
Para las personas físicas con actividades empresariales que obtengan ingresos de hasta dos millones de pesos anuales y realicen:
Venta de bienes, por ejemplo: tienda de abarrotes, papelería, carnicería, frutería, dulcería, tianguista, locatario de mercado,entre otros. Prestación de servicios que no requieran título profesional, por ejemplo: salón de belleza, plomería, carpintería, herrería, albañilería, taxista, entre otros. Venta de productos por los que obtienes una comisión, siempre que no sea superior al 30% de tus ingresos totales, por ejemplo: comisión por venta de tarjetas telefónicas, tiempo aire, productos de belleza, entre otros.
Beneficios de este régimen
Descuento en pago de impuestos
El gobierno te otorga un descuento del 100% en el primer año de funciones en el pago de impuestos de IVA, IEPS (público en general) e ISR.
Descuento en pago de IMSS e INFONAVIT
Subsidio, hasta por 10 años, para el pago de las cuotas obrero patronales al Seguro Social y las aportaciones al Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Servicios contables
- Asesoría acerca del nuevo régimen fiscal: requisitos, trámites y beneficios.
- Asesoría y apoyo para el registro al RFC y firma electrónica
- Cálculo y determinación de sus impuestos federales Bimestral
- Presentación de declaraciones bimestrales
- Servicio de facturación( Ingreso,Pago,Egreso, Nómina,Traslado)
- Contabilidad de sus operaciones (Ingresos,Egresos, Inversiones, etc)
- Servicio de Asesoría contable y financiera
- Opinion de cumpliento SAT
- Estados financieros
- Atención a requerimientos del SAT
Servicios nómina
- Registro patronal nuevo (IMSS)
- Movimientos Afiliatorios IMSS (Altas, bajas, reingresos, modificación de salario)
- Administración de nómina
- Línea de captura y SUA mensuales
- Cálculo de Impuesto Sobre Nómina (ISN)
- Servicio de facturación Nómina
- Opinion de cumpliento IMSS e INFONAVIT
- Elaboración de la declaración anual de Prima de Riesgo de Trabajo (RT)